Información general

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Convocatoria general para el otorgamiento de autorizaciones y licencias para la ocupación de dominio público y desarrollo de actividades en el recinto ferial durante las fiestas mayores de 2026.

Espacios

Los espacios cuya autorización pretende autorizarse son los descritos en los planos incorporados en los anexos I, II y III, en los que se identifican numéricamente de manera correlativa precedidos de la denominación G1 (Feriantes), G2 (Asociaciones), G3 (Partidos políticos) y G4 (Venta ambulante) atendiendo al grupo al que corresponden, así como sus medidas y superficie en metros cuadrados.

Procedimiento de concesión de situados

  • Fase 1: Presentación de solicitudes.
  • Fase 2: Autorización de situados y publicación de vacantes.
  • Fase 3: Licencia de actividad.

Cada una de las fases requerirá la entrega de la documentación que se indique en cada caso.

Fase 1: Presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes y documentación es de 30 de abril a 19 de mayo de 2026. 

  • Solicitudes presenciales: A través del Registro del Ayuntamiento de Tres Cantos en su  horario de apertura, (exclusivamente para personas físicas).
  • Solicitudes telemáticas: A través del formulario \”Convocatoria ferial 2026 Fiestas Mayores\” de la Sede electrónica. Para ello, deberá estar en posesión de Certificado digital o PIN 24 horas.
  • A través de las Oficinas de Correos, en la modalidad de “correo administrativo\” (exclusivamente para personas físicas).

Antes de presentar su solicitud, lea detenidamente el texto íntegro de la convocatoria.

Documentación a presentar:

Todos los documentos deberán presentarse en formato pdf y en su nombre debe indicar primero de qué documento se trata y en segundo lugar de qué situado se trata (Ejemplo: seguroRC_G1_1.cocheschoque.pdf)

GRUPO 1. Atracciones de feria y puestos de alimentación:

Atracciones:

  1. Solicitud en instancia general indicando el situado solicitado.
  2. Certificado oficial anual de revisión de la atracción, con informe de solidez y estabilidad estructural de la misma, con fotografía, descripción de la atracción y sus medidas, legislación aplicable, firmado por técnico competente (ingeniero o ingeniero técnico debidamente acreditado) y visado por colegio oficial.
  3. Certificados de la Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  4.  Documento nacional de identidad, en el caso de personas físicas.

 

Puesto de alimentación.

  1. Solicitud en instancia general indicando el situado solicitado.
  2. Fotografía del puesto y medidas exactas del mismo.
  3. Certificados de la Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  4. Documento nacional de identidad, en el caso de personas físicas.

 

Grupo 2: Asociaciones locales

  1. Solicitud en instancia general indicando los situados solicitados por orden de preferencia.
  2. Certificado expedido por la Secretaría y visado por la Presidencia, que contenga el texto íntegro del acuerdo social de aprobación de la solicitud.
  3. Comunicación del socio que representa al situado para las gestiones administrativas, incluyendo sus datos de contacto.
  4. Certificados de la Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias.
  5. Memoria de actividades realizadas entre el 30 de marzo de 2025 y el 30 de marzo de 2026.

 

Grupo 3: Partidos políticos

  1. Solicitud en instancia general.
  2. Comunicación del afiliado que representa al situado para las gestiones administrativas, incluyendo sus datos de contacto.
  3. Certificado expedido por la Secretaría y visado por la Presidencia, que contenga el texto íntegro del acuerdo social de aprobación de la solicitud.

 

Grupo 4: Venta ambulante

  1. Solicitud en instancia general.
  2. Carné de vendedor ambulante otorgado por la Comunidad de Madrid.
  3. Relación general del tipo de productos que se pretende poner a la venta.
  4. Certificados de la Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias.
  5. Documento nacional de identidad, en el caso de personas físicas.

Las solicitudes presentadas en plazo serán objeto de revisión, publicándose en el tablón de anuncios los requerimientos que en su caso se formulen, para que puedan ser subsanados en un plazo no superior a cinco días hábiles.

Fase 2: Autorización de situados y publicación de vacantes

Grupo G1: Atracciones de feria y puestos de alimentación

Los situados correspondientes al grupo G1 que hayan sido solicitados por varios industriales feriantes, se asignarán utilizando el sistema de concurso, con los siguientes criterios:

  1. Antigüedad en un mismo situado, para lo cual, una vez analizadas las solicitudes, se dará preferencia a las presentadas por los feriantes que hubieran sido adjudicatarios de situados en las Fiestas Mayores en los cinco últimos años. El Ayuntamiento lo comprobará de oficio. Este apartado se valorará hasta un máximo de 80 puntos, otorgándose mayor puntuación a mayor antigüedad.
  2. Novedad de la propuesta: contribución a la diversidad de atracciones de la Feria, que la atracción constituya una novedad en el mercado nacional, que no haya sido instalada en Tres Cantos, hasta 20 puntos.
  3. En caso de empate, éste se resolverá mediante sorteo.

Grupo G2: Asociaciones locales

Los situados correspondientes al grupo G2 que hayan sido solicitados por varias asociaciones se asignarán utilizando el sistema de Concurso. Las entidades solicitarán un situado con un orden de preferencia (hasta cinco peticiones de situado). Se asignarán de manera directa los situados solicitados por una única entidad. Si al término de una fase existieran situados no asignados se procederá de la forma indicada anteriormente con los siguientes niveles de preferencia solicitados por las entidades, y así sucesivamente hasta otorgar todos los espacios disponibles. En caso de existir varias solicitudes para un mismo situado se realizará un concurso, en el que se otorgará una puntuación máxima de 15 puntos, atendiendo a los siguientes criterios:

  1. Memoria de actividades realizadas entre el 30 de marzo de 2025 y el 30 de marzo de 2026: Máximo 10 puntos. Se valorará el beneficio sociocultural y deportivo que los programas realizados hayan tenido en la población del municipio de Tres Cantos.
  2. Las entidades que no hubieran sido concesionarias el año anterior: 5 puntos. .

En caso de empate en el concurso se realizará un sorteo. Este sorteo se celebrará en acto público. El resultado de dicho sorteo se publicará a efectos de notificación en el tablón de anuncios y en este espacio de la web municipal.

Grupo G3: Partidos políticos

Se asignarán directamente por la Junta de Portavoces. En el caso de que la Junta de portavoces no estuviera constituida, se sortearan los  situados entre los partidos políticos con representación municipal.

En el caso de que quedara más de una vacante de espacios no asignados del grupo G3 (partidos políticos), éstos pasarán a estar disponibles para el grupo G2 (asociaciones locales).

Grupo G4: Venta ambulante

Se asignarán correlativamente atendiendo al número de registro de entrada que figure en su solicitud, siempre que los metros lineales solicitados por el conjunto de solicitantes, no supere los metros lineales habilitados para tal fin en la convocatoria, salvo los que ya hayan participado años anteriores de forma consecutiva, que mantienen su antigüedad y su número de autorización, según lo establecido en la disposición transitoria primera de la ordenanza reguladora de la venta ambulante en el municipio de Tres Cantos.

 

No podrán ser titulares de la autorización demanial de ocupación del dominio público municipal objeto de esta ordenanza las personas físicas o jurídicas que mantengan deudas pendientes en período ejecutivo con el Ayuntamiento de Tres Cantos. En el decreto de otorgamiento de los situados podrá contener una convocatoria parcial para cubrir vacantes en el caso de que el Ayuntamiento de Tres Cantos lo estimara oportuno.

 

Fase 3: Licencia de actividad

Será otorgada mediante Decreto, condicionada a la presentación de toda la documentación requerida antes del 5 de junio de 2026, excepto las hojas de ruta y los certificados finales de montaje que podrán aportarse una vez montadas las atracciones.

Para obtener la Licencia de actividad o en su caso la autorización municipal será necesario presentar la siguiente documentación:

 

GRUPO 1. Atracciones de feria y puesto de alimentación:

  1. Justificante de pago de la tasa de ocupación del dominio público local en Fiestas Mayores. Autoliquidación 328 por el importe que figure en el Anexo IV.
  2. Justificante de pago de la tasa de licencia de instalación y funcionamiento. Autoliquidación 307 por el importe que figure en el Anexo IV.
  3. Seguro de responsabilidad civil. Póliza y último recibo o certificado de la compañía aseguradora donde se haga constar la cobertura, su importe y si está o no al corriente de pago, que cubra en la cuantía mínima vigente en cada momento los riesgos de responsabilidad civil por daños a los concurrentes y a terceros, derivados de las condiciones y servicios de las instalaciones y estructuras, así como de la actividad desarrollada y del personal que preste sus servicios en la misma.
  4. Solo para las atracciones; seguro de incendios por daños propios. Póliza y último recibo o certificado de la compañía aseguradora donde se haga constar la cobertura, su importe y si está o no al corriente de pago, que cubra los riesgos de incendio por daños propios.
  5. Contrato de mantenimiento para los equipos de protección contra incendios, en el que deberán constar las condiciones, nombre y domicilio del abonado y justificante de la última revisión ajustada a lo exigido en las condiciones de mantenimiento y uso por la normativa específica de aplicación. En el caso de extintores adquiridos en el último año factura con fecha de compra y número de extintor.
  6. Las atracciones que, por razón de su objeto puedan ser utilizadas por menores, aportarán documento acreditativo de la empresa relativo a estar en posesión de los certificados a los que hace referencia el artículo 13 apartado 5 de la Ley 1/1996 de Protección Jurídica del Menor (certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales) de todos los empleados que vayan a estar de cara al público con menores. Se facilita el certificado en la siguiente página web del Ministerio de Justicia  o en la carpeta del ciudadano a la que todos los ciudadanos pueden acceder de manera individual.
  7. Certificado de instalación eléctrica de baja tensión de la atracción, puesto de alimentación o caseta emitido por Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid junto a la correspondiente Hoja de Ruta debidamente sellada.
  8. Certificado final de montaje firmado por técnico competente. Solo para las atracciones.
  9. Carnet de manipulador de alimentos de todos los empleados. Solo para los puestos de alimentación.
  10. Declaración responsable de elaboración y venta de alimentos según modelo de Anexo IV. Solo para los puestos de alimentación.

 

GRUPO 2. Asociaciones locales:

  1. Justificante de pago de la tasa de ocupación del dominio público local en Fiestas Mayores. Autoliquidación 328 por el importe que figura en el Anexo IV.
  2. Seguro de responsabilidad civil. Póliza y último recibo o certificado de la compañía aseguradora donde se haga constar la cobertura, su importe y si está o no al corriente de pago, que cubra en la cuantía mínima vigente en cada momento los riesgos de responsabilidad civil por daños a los concurrentes y a terceros, derivados de las condiciones y servicios de las instalaciones y estructuras, así como de la actividad desarrollada y del personal que preste sus servicios en la misma.
  3. Contrato de mantenimiento para los equipos de protección contra incendios, en el que deberán constar las condiciones, nombre y domicilio del abonado y justificante de la última revisión ajustada a lo exigido en las condiciones de mantenimiento y uso por la normativa específica de aplicación. En el caso de extintores adquiridos en el último año factura con fecha de compra y número de extintor.
  4. Certificado de instalación eléctrica de baja tensión emitido por Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid junto a la correspondiente Hoja de Ruta debidamente sellada. Para las asociaciones locales que solo conecten al cuadro eléctrico cámaras de frío y equipos de sonido Declaración eléctrica responsable según modelo del Anexo V.
  5. Carnet de manipulador de alimentos de todos los empleados. Solo para los situados que elaboren y vendan alimentos.
  6. Declaración responsable de elaboración y venta de alimentos según modelo de Anexo VI. Solo para los situados que elaboren y vendan alimentos.

 

GRUPO 3. Partidos políticos:

  1. Justificante de pago de la tasa de ocupación del dominio público local en Fiestas Mayores. Autoliquidación 328 por el importe que figure en el Anexo IV.
  2. Seguro de responsabilidad civil. Póliza y último recibo o certificado de la compañía aseguradora donde se haga constar la cobertura, su importe y si está o no al corriente de pago, que cubra en la cuantía mínima vigente en cada momento los riesgos de responsabilidad civil por daños a los concurrentes y a terceros, derivados de las condiciones y servicios de las instalaciones y estructuras, así como de la actividad desarrollada y del personal que preste sus servicios en la misma.
  3. Contrato de mantenimiento para los equipos de protección contra incendios, en el que deberán constar las condiciones, nombre y domicilio del abonado y justificante de la última revisión ajustada a lo exigido en las condiciones de mantenimiento y uso por la normativa específica de aplicación. En el caso de extintores adquiridos en el último año factura con fecha de compra y número de extintor.
  4. Certificado de instalación eléctrica de baja tensión emitido por Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid junto a la correspondiente Hoja de Ruta debidamente sellada. Para los partidos políticos que solo conecten al cuadro eléctrico cámaras de frío y equipos de sonido Declaración eléctrica responsable según modelo del Anexo V.
  5. Carnet de manipulador de alimentos de todos los empleados. Solo para los situados que elaboren y vendan alimentos.
  6. Declaración responsable de elaboración y venta de alimentos según modelo de Anexo VI. Solo para los situados que elaboren y vendan alimentos.

 

GRUPO 4. Puestos de venta ambulante:

  1. Justificante de pago de la tasa de ocupación del dominio público local en Fiestas Mayores. Autoliquidación 328 por el importe que figura en el Anexo IV.
  2. Seguro de responsabilidad civil. Póliza y último recibo o certificado de la compañía aseguradora donde se haga constar la cobertura, su importe y si está o no al corriente de pago, que cubra en la cuantía mínima vigente en cada momento los riesgos de responsabilidad civil por daños a los concurrentes y a terceros, derivados de las condiciones y servicios de las instalaciones y estructuras, así como de la actividad desarrollada y del personal que preste sus servicios en la misma.
  3. Carné de vendedor ambulante otorgado por la Comunidad de Madrid, en vigor.
  4. En caso de que la venta vaya a ser ejercida por persona o personas distintas al titular; documentos acreditativos de la relación contractual con el titular y nombre, apellidos y NIF de los mismos.

Todas los documentos se presentarán en formato pdf y en su nombre debe indicar primero de qué documento se trata y en segundo lugar de qué situado se trata (Ejemplo: seguroRCtiovivo.pdf)

Obligaciones de los adjudicatarios

  1. No se autorizará a acceder al recinto ferial para depositar materiales, o montar atracciones y situados, a ningún adjudicatario que no haya entregado la documentación exigida en la Fase 3; Licencia de Actividad, correspondiendo a la policía municipal el control de acceso al recinto ferial.
  2. Para el Grupo (G1) se autorizará la ocupación de situados para las tareas de instalación o montaje desde el 12 de junio de 2026.
  3. Para los situados de los Grupos 2 y 3 (G2 y G3) se autorizará el inicio de montajes a partir del día 16 de junio de 2026 a las 18:00h.
  4. Las atracciones y situados que tengan las dimensiones y medidas reales superiores a las que se indiquen en el certificado anual de la atracción o en la solicitud de otorgamiento en el caso de los puestos de alimentación, podrán no ser autorizados a ocupar su situado.
  5. Las atracciones correspondientes al Grupo 1 (G1) deberán finalizar su montaje el día 17 de junio de 2026 a las 12:00h para que la documentación relativa a las hojas de ruta y certificados finales de montaje puedan ser supervisadas por los técnicos municipales, así como realizadas las inspecciones técnicas correspondientes. El Ayuntamiento de Tres Cantos podrá impedir el inicio de su actividad si a resultas de un retraso en el montaje de la atracción no fuera posible revisar a tiempo la misma por dichos técnicos, no estando el adjudicatario en disposición de recuperar las tasas abonadas.
  6. Las atracciones y el resto de situados que no tengan un informe favorable tras la inspección técnica no serán autorizados a ejercer su actividad. La policía municipal será la encargada de impedir su funcionamiento tras el requerimiento de los servicios técnicos del área de Festejos de la concejalía de Cultura, no estando el adjudicatario en disposición de recuperar las tasas abonadas.
  7. El adjudicatario deberá garantizar el mantenimiento, el buen estado de conservación y limpieza del espacio público asignado y las instalaciones empleadas (carpas y/o casetas), asumiendo la responsabilidad por los daños o desperfectos ocasionados. No está permitido taladrar el suelo u ocasionar daños al asfaltado del recinto ferial.
  8. Es obligatorio indicar en taquilla la talla y edad mínima de acceso a las atracciones. Permitir el acceso a las atracciones a menores que no cumplan con la talla o edad mínima podrá suponer la clausura de la atracción que incumpla la norma.
  9. Es obligatorio disponer de hojas de reclamaciones por duplicado a disposición de los usuarios.
  10. Queda expresamente prohibido expender bebidas alcohólicas en el recinto de atracciones del grupo G1. En el resto del ferial queda prohibido expender bebidas alcohólicas a menores de 18 años siendo obligatorio tener en lugar bien visible el cartel de la Comunidad de Madrid indicando dicha prohibición.
  11. Queda prohibida la venta de todo tipo de bebidas en envases de vidrio. Únicamente podrán ser servidas en envases de plástico o latas.
  12. Está prohibido servir consumiciones en otro lugar que no sea la barra del situado, a excepción de las terrazas.
  13. Es obligatorio mostrar la lista de precios de las consumiciones y de las entradas a las atracciones. Se deberán poner en un lugar bien visible y accesible para el público. El tamaño de letra nunca podrá ser inferior a dos centímetros de alto para las consumiciones y a los diez centímetros en el precio de las atracciones.
  14. Todas las atracciones del grupo G1 compartirán la señal de sonido que aporte el Ayuntamiento de Tres Cantos, de tal forma que sonará la misma música en todos los equipos. El volumen de los equipos de música no podrá sobrepasar nunca las limitaciones sobre contaminación acústica contenidas en la normativa vigente. La empresa adjudicataria para la gestión de la señal de música se encargará de velar que el volumen de las atracciones sea el adecuado. La policía municipal podrá clausurar la megafonía de cualquier atracción a requerimiento de los servicios técnicos del área de Festejos de la concejalía de Cultura.
  15. Los equipos de sonido o megafonía que instalen los adjudicatarios de haimas (5x5m) del Grupo 2 (G2) deberán funcionar exclusivamente en este horario: jueves 18, no podrán funcionar. Viernes 19, sábado 20 y domingo 21, podrán poner música propia de 3:30h a 5:30h.
    Los servicios técnicos del área de Festejos de la concejalía de Cultura darán las indicaciones pertinentes a los adjudicatarios. En caso de incumplimiento reiterado de las indicaciones de los técnicos la policía municipal procederá a la clausura de estos equipos desde ese momento y con la posibilidad de que sea ampliada a días sucesivos.
  16. Los equipos de sonido o megafonía de todo el recinto ferial no podrán funcionar durante el disparo de los fuegos artificiales desde las 22:45 h del domingo 21 de junio hasta la finalización del espectáculo.
  17. Se establece un horario de protección a las personas con sensibilidad extrema al ruido desde la apertura diaria de la atracción, a las 19:00h, hasta las 21:30 h de los días 21 y 22 de junio de las Fiestas Mayores en el recinto de los feriantes del Grupo 1 (G1).
  18. No se permite la tenencia de animales de compañía sin atar en el recinto ferial.
  19. Todos los generadores eléctricos de los adjudicatarios del Grupo 1 deberán estar vallados y fuera del alcance de los usuarios de la feria. No se permite tener cables por el suelo en zonas de paso o de acceso de público. Se utilizarán pasacables allí donde sea necesario tender acometidas eléctricas. Los servicios técnicos municipales retirarán cualquier acometida que no respete la normativa vigente en materia eléctrica.
  20. El Ayuntamiento de Tres Cantos proporcionará dentro del Recinto Ferial del grupo G1 una zona para estacionamiento de caravanas hasta completar aforo. Está prohibido instalarse fuera de esa zona. No se permite verter aguas sucias sobre el pavimento. No se permite el aparcamiento de vehículos en dicha zona. Los vallados del área de caravanas deberán estar cerrados permanentemente, a excepción de los momentos de entrada y salida de las personas alojadas.
  21. El Ayuntamiento de Tres Cantos proporcionará dentro del Recinto Ferial del grupo G1 una zona para estacionamiento de camiones y furgonetas hasta completar aforo. Los vehículos particulares deberán aparcar en el exterior del recinto ferial. No está permitido aparcar vehículos particulares dentro de la zona destinada al G1 a no ser que sea dentro de ese espacio específico. Corresponde a la policía municipal hacer cumplir esta normativa.
  22. No se permitirá tener vehículos aparcados dentro del recinto Ferial a los Grupos G2 y G3, excepto en las horas de carga y descarga o en las zonas habilitadas para ello. A partir de las 18:30h todos los vehículos deberán desalojar el ferial. Corresponde a la policía municipal hacer cumplir esta normativa.
  23. Queda prohibido instalar puestos del tipo puching, boxing o similares, máquinas expendedoras de bebidas, etc. que no estén autorizadas. En caso de instalarse se retirarán por parte la policía municipal.
  24. Queda prohibida la instalación de veladores, techados, truss, y elementos similares en los aledaños de las carpas y haimas.
  25. Queda fijado el día 22 de junio de 2026 como día del niño, con un descuento del 50% en el precio de las atracciones, debiendo figurar de forma bien visible en las taquillas dicho descuento.
  26. Las fechas de desmontaje establecidas serán el día 23 de junio para los situados correspondientes a los grupos G2, G3 y G4 y hasta el 27 de junio de 2026 para los situados correspondientes al grupo G1.
  27. El incumplimiento de la presente normativa de manera reiterada podrá suponer la eliminación de situados para la convocatoria del año posterior a decisión de los servicios técnicos municipales del Ayuntamiento de Tres Cantos.

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