Información general
La declaración responsable urbanística, es el documento en el que el interesado manifiesta bajo su responsabilidad, de forma clara y precisa que la actuación urbanística que pretende realizar cumple con los requisitos exigidos en la normativa urbanística y sectorial aplicable a dicha actuación, que dispone de la documentación acreditativa del cumplimiento de los anteriores requisitos y que la pondrá a disposición del ayuntamiento cuando le sea requerida, comprometiéndose a mantener dicho cumplimiento durante el tiempo que dure la realización del acto objeto de la declaración.
Están sujetos a declaración responsable urbanística todos aquellos actos de transformación, construcción, edificación o uso del suelo, no recogidos expresamente en los artículos 152 (licencia urbanística) y 160 (actos no sujetos a título habilitante) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del suelo de la Comunidad de Madrid, y en particular los siguientes, según se indica en el artículo 155 de dicha norma: Cualquiera de las actuaciones reguladas en el marco de la Ley 2/2012, de 12 de junio, de dinamización de la actividad comercial en la Comunidad de Madrid.
Las declaraciones responsables serán objeto necesariamente de control posterior por el ayuntamiento según el procedimiento establecido en el artículo 159.3 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del suelo de la Comunidad de Madrid, debiendo aportarse, junto con la solicitud, la documentación señalada más adelante.
Si el proyecto a ejecutar requiere la tramitación de algún procedimiento ambiental, éste será preceptivo, previo y vinculante a la declaración responsable, que no podrá presentarse hasta tanto se haya resuelto el procedimiento ambiental correspondiente, debiendo disponer el particular de la documentación que así lo acredite.
Información al interesado
Si del resultado del examen de la declaración aportada se comprobara que la documentación no cumple los requisitos formales exigidos, se requerirá al declarante para que proceda a su subsanación en un plazo no superior a 10 días. La mera formulación de dicho requerimiento no afectará al reconocimiento del derecho a iniciar la actividad a que da lugar la declaración responsable, pero en el supuesto de que el requerimiento no fuera subsanado, la declaración presentada devendrá ineficaz y se prohibirá el ejercicio de las actuaciones objeto de esta.
Si tras el examen de la documentación completa se comprobara que la actuación no está incluida en el ámbito de aplicación del régimen de declaración responsable, se requerirá al declarante para que solicite la pertinente Licencia Urbanística, careciendo de eficacia la declaración presentada. En el caso de apreciarse incumplimientos o deficiencias esenciales no susceptibles de subsanación, por no ser la actuación conforme con la normativa aplicable, se ordenará previa audiencia, la paralización de las actuaciones declaradas.
Documentación
General
- Declaración responsable en impreso normalizado.
- Las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica, obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas, en caso de que formulen su solicitud a través de una persona física, deberán acreditar la representación que ostenta dicha persona. Se recuerda que en el caso de comunidades de propietarios, el representante legal es el presidente de la misma. La acreditación fidedigna de la representación que ostenta para formular la solicitud de licencia en nombre del titular, se entenderá acreditada:
- Mediante apoderamiento apud acta efectuada por comparecencia personal o por comparecencia electrónica en la sede electrónica (para los casos en que el poderdante sea una persona jurídica) haciendo uso de sistemas de firma electrónica.
- O a través de la acreditación de su inscripción en el Registro electrónico de apoderamientos en la sede electrónica, apartado “tramites on line. Secretaria. Solicitud de apoderamiento”, en el siguiente enlace: https://sede.trescantos.es/
En ningún caso se considerará válido un apoderamiento apud acta presentado electrónicamente mediante firma manuscrita escaneada por cuanto no garantiza la identidad del firmante, en tanto en cuanto no estaríamos ante un documento firmado con alguno de los sistemas de firmas que prevén los artículos 9.2 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- Autoliquidaciones de:
- tasa por actuaciones y/o servicios urbanísticos (modelo 305)
- tasa por licencia de actividad (modelo 307)
- Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (modelo 306)
- Otras tasas, en caso de darse también el hecho imponible (ocupación de terrenos de uso público-modelo 308, apertura de zanjas-modelo 327, entrada vehículos a la acera-modelo 313, ocupación de suelo, subsuelo y vuelo-modelo 323)
- Para implantar cualquier tipo de actividad, el proyecto que presente para la ejecución de las obras deberá desarrollar además de las instalaciones de la edificación, las propias de la actividad.
- Copia de las restantes autorizaciones administrativas (Carreteras, Vías Pecuarias, Confederación Hidrográfica … ) en caso de ser necesarias.
- Resolución del procedimiento ambiental, si corresponde.
- Solicitud de reserva de espacio temporal para acceso a obra, cuando proceda.
- Si se trata de obras en SUELO RURAL (no urbanizable) además de lo anterior, deberá aportar acreditación de titularidad de derecho bastante sobre las unidades mínimas sobre las que se solicita la licencia (escritura de propiedad, contrato de arrendamiento…), identificando polígono y parcela catastral.
- Si la obra estuviera en zona de SERVIDUMBRES AERONAUTICAS , el promotor deberá presentar justificante de la presolicitud tramitada en AESA.
- En caso de URBANIZACIÓN Y EDIFICACIÓN SIMULTÁNEAS:
– Asunción expresa y formal de los compromisos de realización simultánea de la edificación y la urbanización pendiente, así como de no ocupación ni utilización de la edificación hasta la total terminación de las obras, la materialización de la cesión y el efectivo funcionamiento de los servicios urbanos correspondientes. El compromiso anterior incluirá el de consignación de condición, con idéntico contenido, en cuantos negocios jurídicos se celebren con terceros e impliquen el traslado a éstos de facultades de uso o disfrute de la edificación
– Prestación de garantía en cuantía suficiente para cubrir el coste de ejecución de las obras de urbanización comprometidas. - En caso de que se generen residuos de construcción y demolición, Fianza para garantizar su correcta gestión. Su importe deberá hacerse efectivo con carácter previo a su concesión, según se establece en la Orden 2726/2009, de 16 de julio, por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid (BOCM num. 186 de 07.08.09). La devolución de la fianza solo se producirá previa solicitud del interesado, tras la acreditación documental de la correcta gestión de los residuos generados en la obra. Como justificación documental deberá aportar la señalada en el art. 10 de la citada Orden.
Para Ingreso de Fianza RCD: La fianza se depositará en la cc ES07/2100/8029/60/1300688974 de CAIXABANK, haciendo constar que se trata de una fianza por residuos de construcción y demolición.
Los proyectos se entregarán en soporte papel y soporte informático CD o DVD, en formato DWG Autocad, versión 2013 o anteriores, realizado en coordenadas ETRS89 – UTM30N con documentación escrita en doc o PDF
Especifica para implantación de nueva actividad o modificación de actividad ya existente sin obras.
Además de la documentación general (impreso, autoliquidaciones, etc):
- Memoria descriptiva de la actividad a implantar, especificando la maquinaria a instalar y su potencia, e incluyendo cuadro de superficies construidas y útiles así como justificación del cumplimiento de la normativa urbanística y técnica de aplicación (en especial la relacionada con incendios y accesibilidad).
- Plano acotado de planta del local a escala 1/50 o 1/100 con indicación de la superficie útil y usos de cada una de las dependencias, especificando la zona destinada a almacenes, la zona de exposición y venta y la zona de servicios higiénicos representado los espacios de aseo (con inodoro) y anteaseo (con lavabo), la ubicación de equipos o maquinaria si lo tuviera, la de arqueta separadora de grasas si la tuviera, el trazado de conducto de evacuación de humos si dispone de hornos que lo requieran, la situación de extintores de protección contra incendios y aparatos de alumbrado de emergencia.
- Plano acotado de sección a escala 1/50 o 1/100, en el que se acoten las alturas libres, y de alzado del local, en el que figure, si dispusiera, la ubicación de instalaciones de aire acondicionado en fachada y extractores de ventilación forzada así como la distancia hasta los huecos de ventana más próximos.
Especifica para implantación de nueva actividad o modificación de actividad ya existente con obras
A.- Obras no precisadas de proyecto de edificación
Además de la documentación general (impreso, autoliquidaciones, fianza, etc):
- Memoria descriptiva de las obras a ejecutar y de la actividad a implantar, especificando la maquinaria a instalar y su potencia, e incluyendo cuadro de superficies construidas y útiles así como justificación del cumplimiento de la normativa urbanística y técnica de aplicación (en especial la relacionada con incendios y accesibilidad).
- Plano de planta del estado actual (antes de las obras) acotado y a escala 1/50 o 1/100.
- Plano de planta del estado reformado (después de las obras) acotado y a escala 1/50 o 1/100 con indicación de la superficie útil y de los usos de cada una de las dependencias, especificando la zona destinada a almacenes, la zona de exposición y venta y la zona de servicios higiénicos, representado los espacios de aseo (con inodoro) y anteaseo (con lavabo), la ubicación de equipos o maquinaria si lo tuviera, la de arqueta separadora de grasas si la tuviera, el trazado de conducto de evacuación de humos si dispone de hornos que lo requieran, la situación de extintores de protección contra incendios y aparatos de alumbrado de emergencia.
- Plano de sección acotado y a escala 1/50 o 1/100, en el que se acoten las alturas libres, y de alzado del local, en el que figure, si dispusiera, la ubicación de instalaciones de aire acondicionado en fachada y extractores de ventilación forzada así como la distancia hasta los huecos de ventana más próximos.
- Presupuesto desglosado por partidas.
B.- Obras precisadas de proyecto de edificación
Además de la documentación general (impreso, autoliquidaciones, fianza, etc):
- Proyecto técnico de edificación.
- Proyecto de infraestructuras comunes de telecomunicación en edificios acogidos a régimen de propiedad horizontal o en edificios que sean objeto de arrendamiento por plazo superior a un año, salvo los que alberguen una sola vivienda.
Área responsable
Área de Coordinación de Alcaldía.
Plaza del Ayuntamiento, 1, 2ª planta.