Información general

Estado del procedimiento

15/01/2026: Concesión definitiva de las ayudas.

23/12/2025: Concesión definitiva de las ayudas. Plazo de justificación hasta el 31 de enero de 2026 a través del formulario “Justificación subvención AMPAS y asociaciones locales“. Puede acceder desde “trámite online

27/11/2025: Resolución provisional de asociaciones beneficiarias.

07/11/2025: Listado de admitidos y solicitudes susceptibles de subsanación. Subsanación de solicitudes desde el 11 al 24 de noviembre de 2025 a través de la sede electrónica, seleccionando el formulario “Subsanación de solicitud de ayuda a asociaciones locales”

Convocatoria en régimen de concurrencia competitiva de subvenciones para actividades organizadas por las asociaciones de Tres Cantos.

Bases reguladoras

Presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será del 20 de septiembre al 04 de octubre de 2025 (ambos inclusive). 

Solo se admitirán las solicitudes presentadas a través de la oficina virtual de trámites en la sede electrónica, seleccionando “Asociaciones locales” en “Ayudas y subvenciones” .

Objeto de la convocatoria

Los proyectos objeto de subvención serán aquellos que tengan el propósito de fomentar actividades que sean de interés público y social dentro de la comunidad educativa y que tengan por finalidad:

  • Promover y apoyar el asociacionismo en el municipio de Tres Cantos.
  • Fomentar la realización de actividades dirigidas a la promoción de la cultura, las mujeres, la juventud y la infancia, la participación ciudadana, el medio ambiente, la salud pública, la protección y el bienestar animal, o la igualdad así como la participación de la infancia.

Se consideran gastos subvencionables:

1. Gastos de montaje de eventos culturales.
2. Gastos de material para la realización propia de los eventos.
3. Alquiler de espacios y equipamientos no municipales referidos a gastos esporádicos para la realización del Proyecto candidato a subvención. Nunca referidos a gastos corrientes de alquiler del local de la Asociación.
4. Las nóminas del personal adscritos al cumplimiento del programa.
5. Gastos de difusión, publicaciones y documentaciones (Publicidad).
6. Todos aquellos gastos vinculados al desarrollo de las acciones contempladas en el Proyecto presentado y aprobado por el Órgano municipal competente, que se encuentren estrictamente vinculados al desarrollo del Proyecto y que en el momento de la justificación queden debidamente reflejados en la Memoria justificativa del mismo.
7. Los desplazamientos fuera del municipio siempre que se trate de traslados en transporte colectivo.
8. Premios u obsequios siempre que la cuantía de los mismos no supere el 5% de la cantidad total subvencionada. No se justificarán premios en metálico, tarjetas de regalo de establecimientos, cheques, talones y cualquier tipo de objeto de regalo.

Beneficiarios

Las asociaciones de Tres Cantos que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones.
  2. Tener domicilio social en Tres Cantos.
  3. Desarrollar el proyecto para el que solicitan subvención en la localidad de Tres Cantos y que sus actividades se encuadren dentro del objeto y finalidad recogidos en la presente convocatoria.
  4. Los objetivos y finalidades recogidos en los estatutos coincidan con el objeto de las bases de esta convocatoria.
  5. Que las actividades que realicen sean sin ánimo de lucro.

Además, deberán cumplir lo siguiente:

  1. No incurrir en alguna de las circunstancias que se determinan en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  2. No tener deudas en periodo ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Tres Cantos a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  3. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la seguridad social impuestas por las disposiciones vigentes.
  4. Estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones anteriores concedidas por este Ayuntamiento.

Antes de iniciar el trámite consulte las bases completas de la convocatoria desde el área de Descargas..

Documentación

Fase de solicitud

La solicitud se realizará a través de la oficina virtual de trámites en la sede electrónica, seleccionando “Asociaciones locales” en “Ayudas y subvenciones“, adjuntando los siguientes documentos:

  1. Proyecto detallado de actividades para el que se solicita la subvención. Descripción básica del proyecto con información relativa al ámbito temático, el público al que se dirige, presupuesto, financiación, recursos que aporta la Entidad y fechas de realización. (Anexo I). Deberán presentar un ÚNICO PROYECTO que englobe la totalidad de las actividades desarrolladas o a desarrollar para las que se solicita la subvención.
  2. Certificación, por parte del Secretario de la Asociación (Anexo II), en el que se referirá en acuerdo de nombramiento del representante legal para la solicitud de esta subvención o poder notarial bastanteado así como el acuerdo de la Junta Directiva en el que se decide solicitar la esta subvención.
  3. Certificado del representante legal o Secretario/a la entidad relativo a estar en posesión de los certificados negativos del Registro Central de delincuentes sexuales, cuya obligación se establece en la Ley 1/1996 de Protección Jurídica del Menor.
  4. Certificado de estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda Pública con una antigüedad inferior a 6 meses.
  5. Certificado de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social con una antigüedad inferior a 6 meses.

El Ayuntamiento de Tres Cantos consultará de oficio los datos de deudas con el mismo y la inscripción en el Registro de Entidades Ciudadanas de Tres Cantos.

Fase de justificación de la subvención

Una vez concedidas las subvenciones, los beneficiarios estarán obligados a justificar el 100% del coste total del proyecto admitido.

La presentación se realizará antes del 31 de enero de 2026, a través de la oficina virtual de trámites en la sede electrónica, seleccionando “Justificación subvención asociaciones locales y AMPAS” en “Ayudas y subvenciones”, que se habilitará en el monte que haya que realizar esta justificación. 

Las facturas y documentos justificativos del pago de las mismas llevarán fechas comprendidas entre el 1 de noviembre del 2024 al 30 de septiembre del 2025.

El cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en la concesión de la subvención, se documentará a través de la rendición de cuenta justificativa en la que se deben incluir la siguiente documentación:

1.- Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones para la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. (Anexo III)

2.- Memoria económica justificativa con el detalle del coste de las actividades realizadas que contendrá una relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor, identificación del tipo de bienes entregados o de servicios prestados, número de factura, importe, fecha de emisión, e identificación del método de pago. (Anexo IV).

3.- Las facturas originales a nombre de la asociación (no se admiten tickets / fras. Pro-forma / albaranes / presupuestos / hoja de pedido) y documento acreditativo del pago de las mismas. Si el abono se ha realizado en efectivo, la factura contendrá el sello de la empresa, firma y DNI de la persona responsable del establecimiento. Solo se admitirá el pago en metálico en facturas de cuantía inferior a 1.000 euros. Si el abono se ha realizado mediante banco, documento de la transferencia bancaria realizada coincidente con la factura o movimiento bancario correspondiente,

En los supuestos de justificar gastos realizados en comercios on-line, se presentará la factura y el correspondiente movimiento bancario de la tarjeta con la que se ha materializado la compra.

Cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención, con fondos propios u otras subvenciones, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.

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