Pago de la multa
El abono de la presente multa podrá realizarse:
a) Directamente al Agente denunciante (en metálico).
b) Presentando esta carta de pago, dentro del periodo establecido, en cualquier oficina de Caixabank o con tarjeta de crédito a través de la pasarela de pago Caixabank.
c) Solicitando la carta de pago en el Departamento de Tesorería del Ayuntamiento de Tres Cantos y abonando el importe fijado durante los próximos veinte días naturales en cualquiera de las Entidades Bancarias Colaboradoras con el Ayuntamiento.
d) Mediante ingreso en cuenta o transferencia señalando siempre en el CONCEPTO el NÚMERO DE BOLETÍN DE DENUNCIA, LA FECHA DE DENUNCIA, MATRÍCULA DEL VEHÍCULO, NOMBRE Y APELLIDOS DEL DENUNCIADO. CAIXABANK: ES42 2100 8029 6413 0005 0373
Efectos del pago con reducción
Si paga la multa en el plazo de 20 días naturales, el importe de esta se reducirá en un 50%. Este pago implica: la terminación del procedimiento el día del pago, la renuncia aformular alegaciones o recurso de reposición. La sanción no computará como antecedente en el Registro de Conductores e Infracciones, siempre que se trate de infracciones graves sin pérdida de puntos. (Art. 94 LSV)
Al finalizar el procedimiento con el pago reducido, queda abierta la vía Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses a contar desde que éste se produce ante el órgano judicial competente.
Alegaciones y sanción
En el caso de disconformidad con la denuncia, puede presentar alegaciones o proposición de prueba, ante el INSTRUCTOR DEL PROCEDIMIENTO, en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Tres Cantos (Plaza del Ayuntamiento nº 1) en el plazo de 20 días naturales, citando siempre el número de expediente (Art. 95 LSV). El
procedimiento caduca al año de su iniciación, salvo que concurran causas legales de suspensión del mismo (Art. 112.3 LSV).
Instructor
Jefe de la Policía Local de Tres Cantos.
Autoridad sancionadora
Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Tres Cantos, salvo delegación de la atribución.
IMPORTANTE: Ejecución de la sanción
Si no presenta alegaciones ni paga con reducción en el plazo de 20 días naturales, la denuncia correctamente notificada surtirá efecto de acto resolutorio del procedimiento.
Esto supone que no se dictará resolución sancionadora y que se procederá a la ejecución de la sanción a los 30 días, quedando entonces abierta la vía contencioso-administrativa en los términos arriba expuestos.
Vencido el plazo de 15 días naturales siguientes a la fecha de firmeza de la sanción sin que se hubiera satisfecho la multa, su cobro se llevará a cabo por el procedimiento de apremio. (Art. 110 LSV)
Pérdida de puntos
Si la infracción se encuentra recogida en el anexo II del RDL, una vez firme la sanción,
el organismo competente procederá al descuento de puntos que para cada una de ellas se
señala en dicho anexo II.
En la página web www.dgt.es podrá consultar su saldo de puntos.
Protección de datos
En cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 5 de la Ley de Protección de Datos (Ley 15/1999 de 13 de diciembre), los datos recogidos en la denuncia serán tratados informáticamente por el Ayuntamiento de Tres Cantos, en el ejercicio de las competencias sancionadoras legalmente atribuidas. El interesado podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación o cancelación en los términos previstos en la citada ley.
Personas responsables
De la responsabilidad de los hechos cometidos por un menor de 18 años, responderán solidariamente con él sus padres, tutores, acogedores o guardadores legales o de hecho (Art. 82.b LSV).
Abreviaturas utilizadas
Art.: Artículo
DOI: Documento Oficial de Identificación
NIE: Número de identificación de Extranjero
RDL: Real Decreto Legislativo
Red.: Reducción
DNI: Documento Nacional de Identidad
LSV: Ley de Seguridad Vial
RD: Real Decreto
RG: Reglamento General
