Información general

Normas para la solicitud y adjudicación de 6 haimas (5x5m) durante los días 18 y 19 de septiembre de 2026, con motivo de la celebración del Ola Septiembre 2026 en el recinto ferial de Tres Cantos.

Podrán participar asociaciones juveniles o deportivas dadas de alta en el registro de asociaciones del municipio de Tres Cantos.

El procedimiento se distribuye en dos fases:

  • Fase 1: Presentación de solicitudes.
  • Fase 2: Autorización a los adjudicatarios.

Fase 1: Presentación de solicitudes

De 20 a 31 de julio de 2026, exclusivamente a través de la sede electrónica cumplimentando el formulario “Convocatoria carpas Ola septiembre” del área de cultura.  

Deberá adjuntar los siguientes documentos:

1 Copia del documento nacional de identidad de la persona habilitada para realizar la solicitud.

2 Certificado expedido por la Secretaría y firmado por la Presidencia, que contenga:

  • El texto íntegro del acuerdo social de aprobación de la solicitud.
  • Teléfono de contacto y dirección de correo electrónico a efecto de notificaciones.
  • Texto de la Secretaría de la Entidad de aceptación de las presentes bases y a la declaración expresa en la que se manifieste conocer las normas a las que debe ajustarse su actividad según la normativa vigente de su correspondiente materia.

Entidades admitidas y sorteo

La relación de solicitantes admitidos se hará pública en el tablón de anuncios municipal y en este espacio de la web municipal.

El reparto de los situados se establecerá mediante un sorteo público con fecha a determinar, que será comunicada a todos los interesados. Si hay más solicitantes que situados se sortearán dos suplentes para agilizar el proceso en caso de que algún solicitante renuncie a la adjudicación.

Adjudicación de situados

La adjudicación definitiva la propondrá la Concejalía de Cultura, siendo aprobada mediante Decreto de adjudicación y publicada en el tablón de anuncios municipal y en este apartado de web municipal.

Fase 2: Autorizaciones

Los adjudicatarios, para la concesión de la autorización será necesario presentar la siguiente documentación:

  1. Original o copia compulsada de la póliza del seguro de responsabilidad civil por daños a los concurrentes y a terceros, donde figure que el asegurado es la entidad solicitante, así como el recibo de pago vigente del mismo que cubra el período de fechas del evento o certificado de la compañía aseguradora donde se haga constar la cobertura de la actividad a desarrollar, su importe y si está o no al corriente de pago.
  2. Declaraciones responsables; sanitaria y de instalación eléctrica, debidamente cumplimentadas y firmadas.
  3. Contrato de mantenimiento para los equipos de protección contra incendios, en el que deberán constar las condiciones, nombre y domicilio del abonado y justificante de la última revisión ajustada a lo exigido en las condiciones de mantenimiento y uso por la normativa específica de aplicación.
  4. Autoliquidación de la tasa 328 abonada de ACTIVIDADES RECREATIVAS QUE SE REALICEN FUERA DE FERIAS, periodo 2 días, total 127,96€.

No podrán ser titulares de la autorización demanial de ocupación del dominio público municipal objeto de esta ordenanza las entidades ciudadanas tricantinas que mantengan deudas pendientes en período ejecutivo con el Ayuntamiento de Tres Cantos el día siguiente a aquel en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. Este requisito se comprobará, de oficio, por el Ayuntamiento de Tres Cantos sin necesidad de que los solicitantes acrediten su cumplimiento.
La correspondiente autorización, queda condicionada a la aceptación de estas bases y normas.

Vigencia de la autorización

El plazo de vigencia de la autorización para la instalación de los puestos será durante la celebración del festival Ola Septiembre, los días 18 y 19 de Septiembre de 2026, en los horarios que establezca la Concejalía de Cultura.

Condiciones técnicas de instalación

  1. La superficie para ocupar para cada puesto será la delimitada por el interior de las 6 carpas instaladas por la Concejalía de Cultura.
  2. Las autorizaciones serán individualizadas e intransferibles, otorgadas exclusivamente al solicitante.
  3. En el puesto se ejercerá la actividad que se halla determinado en la autorización en base a la solicitud y documentación aportada, debiendo de ser ejercida por el titular de esta, en caso contrario, se le retirará los permisos autorizados.
  4. Todos los situados deben tener un extintor expuesto a la vista, de fácil acceso y plenamente operativo.
  5. La Concejalía de Cultura se reserva el derecho de revocar la autorización por incumplimiento de estas bases.
  6. Se dotará de un cuadro eléctrico individualizado y un foco LED de 100w para alumbrado general. Cada usuario será responsable de la conexión y distribución de sus elementos y maquinaria en sus cuadros. Es de obligado cumplimiento la homologación y ajuste a la normativa de la CEE de los aparatos y sus conectores (sukco-regletas- cableado etc.)
  7. Están prohibidos los enganches de luz no autorizados y en caso de la destrucción o deterioro del dominio público, estará obligado el solicitante al reintegro del coste total, de los respectivos gastos por la reconstrucción y reparación del daño.
  8. Cada usuario es responsable de la limpieza y mantenimiento de sus instalaciones, así como del uso y conservación de sus productos, respondiendo de ello ante cualquier requerimiento por parte de la autoridad competente.
  9. Las carpas deben entregarse al finalizar el Festival Ola Septiembre, tal y como se recibieron. En caso de la destrucción o deterioro de las carpas instaladas por la Concejalía de Cultura estará obligado el adjudicatario al reintegro del coste total de los respectivos gastos por la reconstrucción y reparación del daño, incluyendo pintadas en las mismas.

Obligaciones y prohibiciones de los adjudicatarios

    • Queda terminantemente prohibido la división en todo o parte, la permuta y la cesión de la titularidad del puesto asignado a cada adjudicatario. Sí se podrán establecer relaciones de colaboración entre asociaciones en el mismo situado, siempre que el titular sea uno de los colaboradores y previa comunicación a la Concejalía de Cultura.
    • Está prohibido ocupar más espacio del que se tiene asignado o instalar una actividad distinta a la asignada o solicitada, así como exponer o vender artículos o productos no permitidos o prohibidos según las normativas.
    • Está prohibido el depositar acopios, envases o enseres de cualquier clase junto a las instalaciones, debiendo permanecer estos en los límites de la concesión asignada y dejando totalmente libre de obstáculos el tránsito peatonal, las calles interiores de seguridad y los pasillos entre instalaciones.
    • Está prohibida la reproducción de música en los situados durante las actuaciones en el escenario. Tampoco se puede reproducir música entre las 4:00 a.m. y las 11:00 a.m.
    • Podrán circular los coches acreditados con la tarjeta del Ayuntamiento desde las 09:00 hasta las 18:30h, hora en la que se empezara a desalojar el Ferial, para tenerlo desalojado a las 19:00h. La velocidad máxima debe ser de 20 km/h en todo el Recinto Ferial.
    • Los adjudicatarios tienen la obligación de expender todas las consumiciones en recipientes de plástico quedando prohibido expresamente la expedición de vaso o botellas de vidrio.
    • De acuerdo con la Ley 5/2002 sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos, queda terminantemente prohibida la venta, despacho y el suministro, gratuito o no, de bebidas alcohólicas a los menores de dieciocho años, así como en su ley más reciente de 28/2005 del 26/12/05 en la prohibición de venta de tabaco a menores. Es obligatorio tener en lugar bien visible el cartel de la Comunidad de Madrid indicando dicha prohibición.

Horarios

Horarios restringidos al público:

  • 06:00 a 09:00h:  limpieza del recinto.
  • 09:00 a 17:00h: servicio proveedores.

Horario comercial:

  • Viernes 18 de septiembre desde las 19:00h. hasta las 04:00h. del sábado 19 de septiembre.
  • Sábado 19 de septiembre desde las 19:00h. hasta las 04:00h. del domingo 20 de septiembre.

Cese de actividad: Todos los situados deben estar cerrados y con las lonas cerradas el sábado 20 y el domingo 21 a las 04:00h.

Desmontaje: Las casetas deben estar libres de materiales de las entidades adjudicatarias el domingo 21 a las 15:00h.

El incumplimiento de estas limitaciones, previo apercibimiento, supondrá el precinto del puesto, sin perjuicio de la revocación de la autorización, sin derecho a ningún tipo de indemnización por ello.

Extinción y revocación de la autorización

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones particulares o generales de las autorizaciones según las presentes bases determinará la revocación de la autorización sin derecho a indemnización, así como al precinto por los agentes policiales del puesto e incluso de su retirada de la vía pública.

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