Información general
Convocatoria de ayudas económicas para la mejora, modernización y empleabilidad de los comercios de Tres Cantos durante 2025.
El objeto de esta convocatoria es subvencionar a pymes con un máximo de hasta 10 trabajadores (inclusive) en plantilla o autónomos, que realicen actividad de comercio menor, determinados servicios personales y hostelería, según epígrafes aprobados en esta convocatoria que figuran en el artículo 3 de estas Bases, y que cumplan todos los requisitos establecidos en estas bases, con el fin de que mejoren sus instalaciones o equipamiento tecnológico.
Los beneficiarios deberán haber realizado el gasto y pago entre el 1 de octubre de 2024 hasta 30 de septiembre de 2025 y haber iniciado su actividad con fecha anterior a la de la solicitud de la ayuda.
Está dividida en tres líneas de ayudas:
- Línea 1: Para la inversión en innovación tecnológica. Se subvencionará el 40% de las inversiones en conceptos inventariables de innovación tecnológica asumidos por el solicitante (ordenadores, portátiles, tablets, adquisición de software para el negocio (en ningún caso, mantenimiento ni uso de licencias), cajas registradoras, pantallas, etc. Se excluyen teléfonos móviles, cableado y cargadores, pequeños accesorios informáticos (teclados, ratones, etc) y otros conceptos no inventariables.
- Línea 2: Para la inversión en reforma o adquisición de equipamiento inventariable para el local donde se ejerza la actividad. Se subvencionará el 40% de las inversiones de reforma del local, adquisición de equipamiento específico para la actividad (muebles, maquinaria, excluida la informática), por conceptos inventariables. Todas aquellas inversiones/gastos que no superen los 500€ (incluido IVA) individualmente, no serán subvencionables.
- Línea 3: Se otorgará una subvención de 500€ por cada nuevo contrato indefinido o conversión de temporal en indefinido (en ambos casos a jornada completa), durante el periodo 01-10-2024//30-09-2025, que mantenga la empresa en plantilla en el momento de la solicitud y suponga incremento de plantilla. Se subvencionará un máximo de dos contratos por empresa, con una cuantía máxima de subvención de 1.000€ por solicitante.
No se considerarán subvencionables los gastos ordinarios de mantenimiento y conservación de los bienes adquiridos, ni los bienes tecnológicos adquiridos con el objetivo de servir como premios o para disfrute individual fuera del marco comercial.
Presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 31 de diciembre de 2025 a 30 de enero de 2026.
La solicitud se realizará a través de la oficina virtual de trámites en la sede electrónica, seleccionando “Ayudas a la Mejora y Modernización de los Comercios” en “Ayudas y subvenciones” .
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios los solicitantes que cumplan con todos los requisitos siguientes:
1. Disponer de local comercial ubicado en Tres Cantos abierto al público, con licencia municipal concedida a nombre del solicitante, en el que venda sus productos y/o servicios directamente al consumidor final, y que el epígrafe de actividad en el que esté dado de alta en el IAE figure en la siguiente lista de epígrafes:
- 641 – Comercio minorista de frutas y verduras.
- 642 – Comercio minorista de carnes, aves, huevos y caza.
- 643 – Comercio minorista de pescado.
- 644 – Comercio minorista de pan, pasteles, confitería, lácteos.
- 645 – Comercio minorista de vinos y bebidas.
- 646.1,8 – Expendurías de tabaco y material para fumador
- 647.1 – Comercio menor de productos alimenticios y bebidas
- 647.2 – Comercio menor de productos alimenticios en menos de 120 m
- 651 – Comercio menor de productos textiles, confección, calzado, piel y cuero.
- 652.1,2 – Farmacias y Comercio al por menor de productos de droguería, perfumería y cosmética, limpieza, pinturas, barnices, disolventes, papeles y otros productos para la decoración y de productos químicos
- 652.3 – Comercio al por menor de productos de perfumería y cosmética, y de artículos para la higiene y el aseo personal.
- 652.4 – Comercio al por menor de plantas y hierbas en herbolarios.
- 653 – Comercio menor de artículos para equipamientos de hogar y construcción.
- 656 – Comercio minorista de bienes usados.
- 657 – Comercio minorista instrumentos de música y accesorios.
- 659 – Otro comercio al por menor.
- 665 – Comercio menor por correo o catálogo. para las ventas por Internet.
- 671,2,3,5,6 – Servicios de hostelería, restauración.
- 755 – Agencias de Viajes
- 776 – Psicólogos clínicos con local
- 832 – Médicos oftalmológicos con local
- 841 – Psicólogos con local
- 871 – Expendedores oficiales de loterías
- 942.9 – Centros de fisioterapia
- 943 – Clínicas de estomatología y odontología con local
- 967.1,2 – Escuelas y servicios de perfeccionamiento del deporte
- 971 – Lavanderías, tintorerías y similares
- 972 – Salones de peluquería e institutos de belleza.
- 973 – Servicios fotográficos y fotocopias.
- 975 – Servicios de enmarcación.
2. Que tengan la condición de pyme con un máximo de hasta 10 trabajadores inclusive en plantilla o autónomo.
Antes de realizar su solicitud, consulte las bases completas de la convocatoria.
Documentación
- Solicitud realizada a través de la oficina virtual de trámites en la sede electrónica, seleccionando “Ayudas a la Mejora y Modernización de los Comercios” en “Ayudas y subvenciones” o haciendo click en Trámite online
- Facturas justificativas.
- Documento bancario acreditativo del abono de las facturas.
- Documento acreditativo de la representación, en caso de presentación de la documentación por una entidad distinta al solicitante.
- CIF de las Sociedades Mercantiles, Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles o NIF, en caso de que el solicitante sea un empresario autónomo.
- Para sociedades mercantiles, civiles, comunidades de bienes, original del DNI de los representantes legales de la empresa por ambas caras, y página de la escritura o estatutos en la que figure el poder de su representación.
- Copia de la licencia de actividad concedida por el Ayuntamiento de Tres Cantos.
- Certificado de situación censal de la empresa emitido por la AEAT. El certificado no tendrá una antigüedad superior a tres meses.
- Certificado de la Seguridad Social con nivel medio de empleo. Solo en solicitudes Línea 3.
- Contratos de trabajo para aquellos que soliciten la Línea 3

