Declaración de accesibilidad

Introducción

El Ayuntamiento Tres Cantos se ha comprometido a hacer accesible su sitio web de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, por el que se traspone la Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016.

La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web https://web.trescantos.es/, excluyendo los contenidos incrustados provenientes de otros dominios.

Situación de cumplimiento

Este sitio web es parcialmente conforme con el Real Decreto 1112/2018 debido a la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.

Contenido no accesible

El contenido que se recoge a continuación no es accesible por los siguientes motivos:

  1. Falta de conformidad con Real Decreto 1112/2018
    1. Es posible que exista algún reproductor de vídeo que no dispone de un modo de operación que permita mostrar los subtítulos existentes [requisito número 7.1.1 de la norma UNE-EN 301549:2022 Reproducción de subtítulos]
    2. Alguna página incorpora reproductor de vídeo que no dispone de un modo para seleccionar y reproducir audiodescripciones disponibles [requisito número 7.2.1 de la norma UNE-EN 301549:2022 Reproducción de audiodescripción]
    3. Alguna página incorpora reproductor de vídeo que no proporciona controles para la reproducción de subtítulos y audiodescripción al mismo nivel de interacción que el resto de controles [requisito número 7.3 de la norma UNE-EN 301549:2022 Controles de usuario para subtítulos y audiodescripción]
    4. Algunas imágenes no están etiquetadas o tienen una alternativa textual genérica [requisito número 9.1.1.1 de la norma UNE-EN 301549:2022 Contenido no textual].
    5. Algunos vídeos grabados pueden no contener subtítulos [requisito número 9.1.2.2 de la norma UNE-EN 301549:2022 Subtítulos (grabados)].
    6. Algunos vídeos pregrabados en el sitio web no disponen de audiodescripción o medios alternativos [requisitos número 9.1.2.3 y 9.1.2.5 de la norma UNE-EN 301549:2022 Audiodescripción o medios alternativos (grabado)].
    7. Algunos vídeos pregrabados en el sitio web no disponen de audiodescripción o medios alternativos [requisitos número 9.1.2.3 y 9.1.2.5 de la norma UNE-EN 301549:2022 Audiodescripción o medios alternativos (grabado)].
    8. En alguna página la información, estructura y relaciones no están determinadas por software o no tienen alternativa como texto [requisito número 9.1.3.1 de la UNE-EN 301549:2022 De información y relaciones].
    9. Alguna página no tiene definida por programa al menos una secuencia correcta de lectura [requisito número 9.1.3.2 de la norma UNE-EN 301549:2022 Secuencia significativa].
    10. En alguna página se ha utilizado el color como único medio visual para transmitir información, indicar una acción, provocar una respuesta o distinguir un elemento visual [requisito número 9.1.4.1 de la norma UNE-EN 301549:2022 Uso del color].
    11. En alguna página la relación de contraste en texto podría no ser de al menos 4.5:1 [requisito número 9.1.4.3 de la norma UNE-EN 301549:2022 Contraste mínimo].
    12. Hay establecido alguna limitación de tiempo que no se puede detener, ajustar o extender [requisito número 9.2.2.1 de la norma UNE-EN 301549:2022 Tiempo ajustable].
    13. En algún documento la navegación secuencial mediante el teclado podría no tener un orden consistente [requisito número 9.2.4.3 de la norma UNE-EN 301549:2022 Orden del foco].
    14. De manera puntual algún enlace podría no tener definido el propósito específico de manera textual [requisito número 9.2.4.4 de la norma UNE-EN 301549:2022 Propósito de los enlaces].
    15. No siempre se ofrecen enlaces a páginas de contenido relacionado o formas alternativas de navegación [requisito número 9.2.4.5 de la norma UNE-EN 301549:2022 Múltiples vías].
    16. La ubicación del foco no es siempre visible cuando se navega con teclado [requisito número 9.2.4.7 de la norma UNE-EN 301549:2022 Foco visible].
    17. Hay contenidos o frases dentro de la página cuyo idioma no puede determinarse por programa [requisito número 9.3.1.2 de la norma UNE-EN 301549:2022 Idioma de las partes].
    18. De manera puntual podría existir algún error de entrada en algún campo/formulario del que no se notificase al usuario la sugerencia para solucionarlo [requisito número 9.3.3.3 de la norma UNE-EN 301549:2022 Sugerencia ante errores].
    19. En alguna página los componentes de interfaz de usuario como elementos de formulario, enlaces y componentes generados por script no siguen la estructura recomendada por las pautas de accesibilidad [requisito número 9.4.1.2 de la norma UNE-EN 301549:2022 Nombre, función, valor].
    20. Algunas imágenes no están etiquetadas o tienen una alternativa textual genérica [requisito número 10.1.1.1 de la norma UNE-EN 301549:2022 Contenido no textual].
    21. En algún documento la información, estructura y relaciones no están determinadas por software o no tienen alternativa como texto [requisito número 10.1.3.1 de la UNE-EN 301549:2022 De información y relaciones].
    22. En algún documento la relación de contraste en texto podría no ser de al menos 4.5:1 [requisito número 10.1.4.3 de la norma UNE-EN 301549:2022 Contraste mínimo].
    23. Puntualmente algún documento podría no tener identificado el título de la página [requisito número 10.2.4.2 de la norma UNE-EN 301549:2022 Titulado de páginas].
    24. De manera puntual algunas etiquetas que acompañan a los controles no tienen el mismo nombre [requisito número 10.2.5.3 de la norma UNE-EN 301549:2022 Inclusión de la etiqueta en el nombre].
    25. En alguna página no se indica el lenguaje por defecto que se utiliza [requisito número 10.3.1.1 de la norma UNE-EN 301549:2022 Lenguaje de la página].
    26. Hay campos de de entrada de datos con capacidad de detección automática de errores que no identifican dónde o cómo se produce dicho error [requisito número 10.3.3.1 de la norma UNE-EN 301549:2022 Identificación de errores].
    27. De manera puntual en algún formulario se podría producir algún cambio de contexto automático sin advertir al usuario [requisito número 10.3.3.2 de la norma UNE-EN 301549:2022 Etiquetas e instrucciones].
    28. De manera puntual podría existir algún error de entrada en algún campo/formulario del que no se notificase al usuario la sugerencia para solucionarlo [requisito número 10.3.3.3 de la norma UNE-EN 301549:2022 Sugerencia ante errores].
    29. Existe algún formulario para recopilación de datos o que comprometen legal o financieramente que no son reversibles, revisables o tienen confirmación antes de enviarlos [requisito número 10.3.3.4 de la norma UNE-EN 301549:2022 Prevención de errores].
    30. En algún documento los componentes de interfaz de usuario como elementos de formulario, enlaces y componentes generados por script no siguen la estructura recomendada por las pautas de accesibilidad [requisito número 10.4.1.2 de la norma UNE-EN 301549:2022 Nombre, función, valor].

2. Carga desproporcionada

  1. No aplica.

3. El contenido no entra dentro del ámbito de la legislación aplicable

  1. Pueden existir archivos de ofimática en PDF y otros formatos publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplan en su totalidad todos los requisitos de accesibilidad. Aunque se ha procurado que la mayoría de ellos sí lo cumplan.
    1. Puede haber contenidos de terceros que no estén desarrollados por el Ayuntamiento Tres Cantos o que no estén bajo su control, como por ejemplo, archivos ofimáticos.
    2. Pueden existir archivos pregrabados publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplan en su totalidad todos los requisitos de accesibilidad.

Preparación de la presente declaración de accesibilidad

La presente declaración fue preparada el día 25/09/2023.

El método empleado para preparar la declaración ha sido una autoevaluación llevada a cabo por inSuit el día 16/08/2023.

Última revisión de la declaración: 25/09/2023

Observaciones y datos de contacto

Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a del RD 1112/2018) como, por ejemplo:

  • Informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web.
  • Transmitir otras dificultades de acceso al contenido.
  • Formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web a través.

 

Para estas comunicaciones tiene disponible estos canales de comunicación:

 

Acorde al artículo 10.2.b del RD 1112/2018, también puede presentar:

  • Una queja relativa al cumplimiento de los requisitos del RD 1112/2018.
  • Una solicitud de información accesible relativa a:
    • Contenidos que están excluidos del ámbito de aplicación del RD 1112/2018 según lo establecido por el artículo 3, apartado 4.
    • Contenidos que están exentos del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad por imponer una carga desproporcionada.

En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.

Las solicitudes de información accesible y quejas se pueden presentar a través de  Instancia general, así como del resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las comunicaciones, quejas y solicitudes de información accesible serán recibidas y tratadas por la Unidad Responsable de Accesibilidad del Ayuntamiento de Tres Cantos.

Procedimiento de reclamación

Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya transcurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.

La reclamación puede ser presentada través de una Instancia General en la sede electrónica o en el Ayuntamiento Tres Cantos, así como en el resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las reclamaciones serán recibidas y tratadas por la Unidad Responsable de Accesibilidad del Ayuntamiento de Tres Cantos.

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